I.2 — Alcance de la supervisión técnica
Documentación de la supervisión técnica, alcance mínimo y controles exigidos: planos, especificaciones, materiales (Tabla I.2.4-1), ensayos de control de calidad (Tabla I.2.4-2) y ejecución de la construcción (Tabla I.2.4-3).
I.2.1 — General
I.2.1.1
Dentro del presente Capítulo se fija el alcance mínimo que debe tener la supervisión técnica y los controles mínimos que deben llevarse a cabo como parte de las labores de supervisión técnica.
I.2.1.2
La supervisión técnica solo hace referencia a la construcción del sistema estructural de la edificación y a la construcción de los elementos no estructurales cubiertos por el Capítulo A.9 del presente Reglamento.
I.2.2 — Documentación de las labores de supervisión técnica
I.2.2.1
El supervisor técnico deberá llevar un registro escrito de sus labores en donde se incluyen todos los controles realizados de acuerdo con lo exigido en el presente Capítulo. El registro escrito comprende, como mínimo, los siguientes documentos:
- (a) Las especificaciones de construcción y sus adendas,
- (b) El programa de control de calidad exigido por el supervisor técnico de conformidad con esta norma, debidamente confirmado en su alcance por el propietario y el constructor,
- (c) Registro fotográfico de la construcción,
- (d) Resultados e interpretación de los ensayos de materiales exigidos por este Reglamento, o adicionalmente por el programa de supervisión técnica,
- (e) Toda la correspondencia derivada de las labores de supervisión técnica, incluyendo: las notificaciones al constructor acerca de las posibles deficiencias en materiales, procedimientos constructivos, equipos y mano de obra; y los correctivos ordenados; las contestaciones, informes acerca de las medidas correctivas tomadas, o descargos del constructor a las notificaciones emanadas del supervisor técnico,
- (f) Los conceptos emitidos por los diseñadores a las notificaciones del supervisor técnico o del constructor,
- (g) Todos los demás documentos que por su contenido permitan establecer que la construcción de la estructura de la edificación y/o de los elementos no estructurales cubiertos por este código, se realizó de acuerdo con lo requisitos dados en él, y
- (h) Una constancia expedida por el supervisor técnico en la cual manifieste inequívocamente que la construcción de la estructura y de los elementos no estructurales cubiertos por este Reglamento, se realizó de acuerdo con el Reglamento y que las medidas correctivas tomadas durante la construcción, si las hubiere, llevaron la estructura al nivel de calidad requerido por el Reglamento. Esta constancia debe ser suscrita además por el constructor y el titular de la licencia, y debe anexarse a la solicitud de certificado de permiso de ocupación que éste debe solicitar a la terminación de las obras ante la autoridad competente para ejercer el control urbano y posterior de obra.
I.2.2.2
El supervisor técnico debe entregar, como culminación de sus labores, una copia de los planos record de la obra construida y del registro escrito mencionado en I.2.2.1 a la autoridad competente para ejercer control urbano y posterior de obra, al propietario y al constructor de la estructura y de los elementos no estructurales cubiertos por el Reglamento. El supervisor técnico debe conservar este registro escrito al menos por cinco años contados a partir de la terminación de la construcción y de su entrega al propietario y al constructor.
I.2.2.2.1
Cuando se trate de edificaciones cubiertas por el régimen de copropiedad, el titular de la licencia, a nombre del cual se haya expedido la licencia de construcción, debe hacer entrega de una copia de los documentos de la supervisión técnica a la copropiedad.
I.2.3 — Alcance de la supervisión técnica
I.2.3.1
El alcance de la supervisión técnica debe, como mínimo, cubrir los siguientes aspectos:
- (a) Aprobación de un programa de control de calidad de la construcción de la estructura de la edificación, o de los elementos no estructurales, cuando su grado de desempeño así lo requiera. Este programa de control de calidad debe ser propuesto por el constructor.
- (b) Aprobación del laboratorio, o laboratorios, que realicen los ensayos de control de calidad.
- (c) Realizar los controles exigidos por el Reglamento para los materiales estructurales empleados, y los indicados en I.2.4.
- (d) Aprobación de los procedimientos constructivos propuestos por el constructor.
- (e) Exigir a los diseñadores el complemento o corrección de los planos, cuando estos estén incompletos, indefinidos, o tengan omisiones o errores.
- (f) Solicitar al ingeniero geotecnista las recomendaciones complementarias al estudio geotécnico cuando se encuentren situaciones no previstas en él.
- (g) Mantener actualizado un registro escrito de todas las labores realizadas, de acuerdo con lo establecido en I.2.2.1.
- (h) Velar en todo momento por la obtención de la mejor calidad de la obra.
- (i) Prevenir por escrito al constructor sobre posibles deficiencias en la mano de obra, equipos, procedimientos constructivos y materiales inadecuados y vigilar porque se tomen los correctivos necesarios.
- (j) Recomendar la suspensión de labores de construcción de la estructura cuando el constructor no cumpla o se niegue a cumplir con los planos, especificaciones y controles exigidos, informando, por escrito, a la autoridad competente para ejercer control urbano y posterior de obra.
- (k) Rechazar las partes de la estructura que no cumplan con los planos y especificaciones.
- (l) Ordenar los estudios necesarios para evaluar la seguridad de la parte o partes afectadas y ordenar las medidas correctivas correspondientes, supervisando los trabajos de reparación.
- (m) En caso de no ser posible la reparación, recomendar la demolición de la estructura a la autoridad competente para ejercer control urbano y posterior de obra.
- (n) Expedir la constancia de que habla el literal (h) de I.2.2.1.
I.2.4 — Controles exigidos
I.2.4.1
El supervisor técnico debe realizar dentro del alcance de sus trabajos, los controles enumerados en I.2.4.2 a I.2.4.6.
I.2.4.2 — Control de planos
El control de planos consistirá, como mínimo, en constatar la existencia de todas las indicaciones necesarias para poder realizar la construcción de una forma adecuada, con los planos del proyecto.
I.2.4.3 — Control de especificaciones
La construcción de la estructura debe llevarse a cabo cumpliendo como mínimo, las especificaciones técnicas contenidas dentro del Reglamento para cada uno de los materiales cubiertos por él y las emanadas de la Comisión Asesora Permanente del Régimen de Construcciones Sismo Resistentes, además de las particulares contenidas en los planos y especificaciones producidas por los diseñadores, las cuales en ningún caso podrán ser contrarias a lo dispuesto en el Reglamento.
I.2.4.4 — Control de materiales
El supervisor técnico exigirá que la construcción de la estructura se realice utilizando materiales que cumplan con los requisitos generales y las normas técnicas de calidad establecidas por el Reglamento para cada uno de los materiales estructurales o los tipos de elemento estructural. Puede utilizarse como guía la relación parcial presentada en la tabla I.2.4-1:
| Material o elemento estructural | Tema | Referencia |
|---|---|---|
| Muros divisorios, acabados y elementos no estructurales | Peso | B.3.4 y B.3.5 |
| Desempeño sísmico | Capítulo A.9 | |
| Concreto estructural | Normas técnicas(Obligatoriedad y enumeración) | C.1.5 y C.3.8 |
| Ensayo de materiales | C.3.1 | |
| Materiales Cementantes | C.3.2 | |
| Agregados | C.3.3 | |
| Agua | C.3.4 | |
| Acero de refuerzo | C.3.5 y C.21.1.5 y Apéndice C-E | |
| Aditivos | C.3.6 | |
| Evaluación y aceptación del concreto | C.5.6 | |
| Mampostería estructural | Normas técnicas | D.2.3 |
| Unidades de concreto | D.3.6 | |
| Unidades de arcilla | D.3.6 | |
| Unidades sílico-calcáreas | D.3.6 | |
| Cemento y cal | D.3.2 | |
| Acero de refuerzo | D.3.3 | |
| Muestreo y ensayos | D.3.7 y D.3.8 | |
| Casas de uno y dos pisos | Unidades de mampostería | E.3.2 |
| Morteros de pega e inyección | E.3.3 | |
| Materiales elementos de confinamiento | E.4.2 | |
| Materiales bahareque encementado | E.7.4 | |
| Materiales de cubierta | E.9.3 | |
| Estructuras metálicas | Especificaciones, códigos y estándares de referencia | F.2.1.4 |
| Acero estructural | F.2.1.5, F.3.5, F.4.1.1, F.4.7.2 y F.4.8.2 | |
| Fundición y piezas forjadas de acero | F.2.1.5.2, F.4.8.3 | |
| Pernos, arandelas y tuercas | F.2.1.5.3 | |
| Pernos de anclaje y barras roscadas | F.2.1.5.4, F.2.10.3 | |
| Metal de aporte y fundente para soldadura | F.2.1.5.5, F.2.10.2 | |
| Conectores de cortante tipo espigo | F.2.1.5.6 | |
| Concreto-secciones compuestas | F.2.9.1.1, F.3.1.4.5 y F.4.7.5.3 | |
| Incendio- Resistencia de los materiales a altas temperaturas | F.2.18.2.3 | |
| Estructuras existentes – Propiedades del material | F.2.19.2 | |
| Acero del sistema de resistencia sísmica | F.3.1.4 | |
| Consumibles de soldadura | F.2.10.2 y F.3.1.4.4 | |
| Acero en miembros formados en frío | F.4.1.2, F.4.7.2 | |
| Aluminio | F.5 | |
| Estructuras de madera | Materiales | G.1.3, Tabla G.1.3-1 |
| Refuerzos metálicos (Protección anticorrosiva) | Tabla G.6.4.2 y G.7.4 | |
| Guadua requisitos de calidad | G.12.3 | |
| Materiales complementarios y en referencia | G.12.5 | |
| Protección contra el fuego | Materiales | J.2.5.2, J.3.4, J.3.5 |
| Requisitos complementarios | Vidrio - Definiciones | K.4.1.2 |
I.2.4.5 — Ensayos de control de calidad
El supervisor técnico dentro del programa de control de calidad le aprobará al constructor la frecuencia de toma de muestras y el número de ensayos que debe realizarse en un laboratorio o laboratorios previamente aprobados por él. El supervisor debe realizar una interpretación de los resultados de los ensayos realizados, definiendo explícitamente la conformidad de los materiales con las normas técnicas exigidas. Como mínimo deben realizarse los ensayos que fija el Reglamento y las normas técnicas complementarias mencionadas en él. Puede utilizarse como guía la relación parcial presentada en la tabla I.2.4-2:
| Material o elemento estructural | Tema | Referencia |
|---|---|---|
| Concreto estructural | Normas técnicas (Obligatoriedad y enumeración) | C.1.5 y C.3.8 |
| Definiciones | C.2.2 | |
| Ensayo de materiales | C.3.1 | |
| Acero de refuerzo | C.3.5 y C.21.1.5 y Apéndice C-E | |
| Requisitos de durabilidad | Capítulo C.4 | |
| Dosificación de las mezclas de concreto | C.5.2 | |
| Evaluación y aceptación del concreto | C.5.6 y C.21.1.4 | |
| Evaluación y aceptación del refuerzo | C.3.5.10 y Apéndice C-E | |
| Diámetros mínimos de doblado | C.7.2 | |
| Doblado | C.7.3 | |
| Elementos prefabricados | Capítulo C.16 | |
| Elementos preesforzados | Capítulo C.18 | |
| Tanques y compartimientos estancos | Capítulo C.23 | |
| Concreto estructural simple | Capítulo C.22 | |
| Mampostería estructural | Morteros de pega y relleno | D.3.4 y D.3.5 |
| Acero de Refuerzo | D.3.3 | |
| Normas y especificaciones técnicas | D.2.3 | |
| Definiciones | D.2.5 | |
| Determinación de la resistencia | D.3.7 | |
| Evaluación y aceptación de la mampostería, Muestreo y ensayos | D.3.8 | |
| Colocación del mortero de relleno | D.4.6 | |
| Construcción de mampostería de cavidad | D.6.5 | |
| Construcción de mampostería de muros confinados | D.10.1, D.10.3, D.10.5 y D.10.6 | |
| Construcción de muros diafragma | D.11.4.5 | |
| Casas de uno y dos pisos | Unidades de mampostería | E.3.2 |
| Morteros de pega e inyección | E.3.3 | |
| Materiales elementos de confinamiento | E.4.2 | |
| Materiales Bahareque | E.7.4 | |
| Estructuras metálicas | Acero estructural | F.2.1.5 |
| Planos y especificaciones del diseño estructural | F.2.1.6 | |
| Soldaduras y pernos | F.2.10.2, F.3.1.6, F.4.5.3 | |
| Planos de taller y montaje | F.2.13.1 | |
| Control de calidad y aseguramiento de la calidad | F.2.14 | |
| Planos y especificaciones de diseño estructural, planos de taller y planos de construcción | F.3.4 | |
| Ensayos especiales | F.4.6 | |
| Estructuras de madera | Calidad | G.1.3.2 y G.1.3.3 |
| Secciones de las maderas | G.10 | |
| Diámetro y longitud de pernos y clavos | G.6 | |
| Guadua | G.12.3.1 | |
| Protección contra el fuego | Materiales | J.2.5.2, J.3.4, J.3.5 |
En el caso de que se haya omitido por parte del constructor la ejecución de los ensayos, deben ejecutarse ensayos en sitio para verificar la calidad de la estructura.
I.2.4.6 — Control de ejecución
El supervisor técnico deberá inspeccionar y vigilar todo lo relacionado con la ejecución de la obra, incluyendo, como mínimo:
- (a) Replanteo,
- (b) Dimensiones geométricas,
- (c) Condiciones de la cimentación y su concordancia con lo indicado en estudio geotécnico,
- (d) Colocación de formaletas y obras falsas, y su bondad desde el punto de vista de seguridad y capacidad de soportar las cargas que se les impone,
- (e) Colocación de los aceros de refuerzo y/o preesfuerzo,
- (f) Mezclado, transporte y colocación del concreto,
- (g) Alzado de los muros de mampostería, sus refuerzos, morteros de pega e inyección,
- (h) Elementos prefabricados,
- (i) Estructuras metálicas, incluyendo sus soldaduras, pernos y anclajes, y
- (j) En general todo lo que conduzca a establecer que la obra se ha ejecutado de acuerdo con los planos y especificaciones.
Deben cumplirse los requisitos de ejecución dados por el Reglamento. Puede utilizarse como guía la relación parcial presentada en la tabla I.2.4-3:
| Material o elemento estructural | Tema | Referencia |
|---|---|---|
| Muros divisorios, acabados y elementos no estructurales | Peso | B.3.4 y B.3.5. |
| Desempeño sísmico | Capítulo A.9 | |
| Concreto estructural | Almacenamiento de materiales | C.3.7 |
| Dosificación de las mezclas de concreto | C.5.2 | |
| Preparación del equipo y del lugar de colocación del concreto | C.5.7 | |
| Mezclado del concreto | C.5.8 | |
| Transporte del concreto | C.5.9 | |
| Colocación del concreto | C.5.10 | |
| Curado del concreto | C.5.11 | |
| Requisitos para clima frío y cálido | C.5.12 y C.5.13 | |
| Diseño cimbras y encofrados | C.6.1 | |
| Descimbrado, puntales y reapuntalamiento. | C.6.2 | |
| Embebidos en el concreto | C.6.3 | |
| Juntas de construcción | C.6.4 | |
| Ganchos estándar | C.7.1 y C.7.2 | |
| Doblado | C.7.3 | |
| Condiciones de la superficie. del refuerzo | C.7.4 | |
| Colocación del refuerzo | C.7.5 | |
| Límites de espaciamiento del refuerzo. | C.7.6 | |
| Protección de concreto para el refuerzo | C.7.7 | |
| Refuerzo de retracción y temperatura | C.7.12 | |
| Longitudes de desarrollo y empalmes del refuerzo. | C.12 | |
| Empalmes soldados y mecánicos | C.12.14.3 y C.21.1.7 | |
| Concreto prefabricado | Capítulo C.16 | |
| Concreto preesforzado | Capítulo C.18 | |
| Cáscaras y losas plegadas | Capitulo C.19 | |
| Concreto estructural simple | Capítulo C.22 | |
| Tanques y compartimientos estancos | Capitulo C.23 | |
| Anclajes al concreto | Apéndice C-D | |
| Mampostería estructural | Supervisión Técnica | D.1.3 |
| Morteros de pega e inyección | D.3.4 y D.3.5 | |
| Preliminares de la construcción | D.4.3 | |
| Construcción de cimentaciones | D.4.4 | |
| Construcción de muros | D.4.5 | |
| Tolerancias | D.4.5 | |
| Colocación del mortero de relleno | D.4.6 | |
| Construcción de mampostería de cavidad | D.6.1, D.6.3 y D.6.5 | |
| Construcción de mampostería confinada | D.10.1, D.10.3, D.10.5, D.10.6 y D.10.8 | |
| Construcción de muros diafragma | D.11.4.5 | |
| Construcción de mampostería reforzada externamente | D.12.1, D.12.3 y D.12.5 | |
| Casas de uno y dos pisos | Construcción e inspección mampostería confinada | Capítulo E.6, |
| Uniones bahareque encementado | Apendice E-B | |
| Estructuras metálicas | Planos y especificaciones del diseño estructural | F.2.1.6 |
| Soldaduras | F.2.10.2, F.4.5, | |
| Pernos y partes roscadas | F.2.10.3, F.3.10.3, F.4.5.3 | |
| Requisitos para selección de electrodos | F.2.10.2.6 | |
| Fatiga-Requisitos especiales de fabricación y montaje | F.2.17.5 | |
| Planos de taller y montaje | F.2.13.1 | |
| Fabricación | F.2.13.2 | |
| Pintura de taller | F.2.13.3 | |
| Montaje | F.2.13.4 | |
| Control de calidad y supervisión técnica | F.2.14 | |
| Fatiga – requisitos especiales de fabricación montaje | F.2.17.5 | |
| Planos de fabricación y montaje | F.3.9.1 | |
| Inspección de soldaduras | F.3.10.2 | |
| Inspección de pernos | F.3.10.3 | |
| Almacenamiento en sitio e instalación | F.4.7.4 | |
| Procedimiento Constructivo | F.4.7.6 | |
| Supervisión técnica | F.3.10 | |
| Estructuras de madera | Refuerzos metálicos (Protección anticorrosiva) | Tabla G.6.4-2 y G.7.4 |
| Preparación (secado, preservación) | G.11.2 | |
| Fabricación | G.11.3 | |
| Construcción (Protección contra la humedad, hongos, insectos, fuego, sismos e instalaciones) | G.11.4 | |
| Transporte y montaje | G.11.5 | |
| Guadua (preparación, fabricación, construcción, montaje y mantenimiento) | G.12 | |
| Cimentación | Construcción e inspección | Capítulo C.15 y Titulo H |
| Supervisión técnica Protección contra el fuego | Ejecución | Título I |
| Sistemas y equipos para extinción de incendios | J.4.3 | |
| Requisitos complementarios | Requisitos para las zonas comunes | K.3 |
| Vidrios - Seguridad | K.4.3 |